Proceso Policivo de servidumbre o posesión

Detenga la perturbación a la servidumbre, perturbación a la posesión o mera tenencia de su predio

¡Obtenga una consulta!

¡Estamos listos para responder ahora mismo! Regístrese para una consulta.










    Ver Política.


    Doy mi consentimiento para el procesamiento de datos personales y estoy de acuerdo con el acuerdo de usuario y la política de privacidad.

    procesos civiles de policia

    Contáctenos si adelantan en su contra Proceso Policivo por Perturbación a la Posesión, Servidumbre o Mera tenencia

    ¿Quieres agendar una consulta?

    Comunícate a nuestro Línea de Whatsapp

    Abogados en Derecho Inmobiliario y Urbanístico


    • Evaluación y formulación de estrategias legales para enfrentar querellas policivas por perturbaciones a la posesión, servidumbre o tenencia, garantizando la protección inmediata de los derechos posesorios conforme a la Ley 1801.

    • Asesoría integral desde la identificación de la perturbación hasta la representación en audiencia oral, asegurando una defensa técnica que permita obtener medidas de protección y restitución.

    • Representación ante inspectores de policía, incluyendo presentación de querellas, intervención probatoria, alegatos y recursos necesarios para restablecer la posesión o el uso legítimo del inmueble.

    Le propondremos las mejores opciones si ha ha sido notificado de un Proceso Policivo de servidumbre o posesión

    ¿Qué es un proceso policivo por posesión?

    Un proceso policivo por posesión es un mecanismo legal ante inspecciones de policía para proteger la tenencia o posesión de un inmueble. Permite actuar frente a perturbaciones o despojos mediante una querella que busca el restablecimiento inmediato de los derechos vulnerados.

    Perturbación de la servidumbre de paso

    La perturbación de la servidumbre de paso ocurre cuando se impide o bloquea el tránsito legítimo por un predio, afectando el uso de otro inmueble. Este tipo de conflicto puede resolverse mediante proceso policivo, solicitando la protección o restablecimiento del paso conforme al derecho adquirido.

    Perturbación a la mera tenencia

    La perturbación a la mera tenencia ocurre cuando se altera el uso pacífico de un inmueble por parte de quien lo ocupa sin ser propietario. Esta situación da lugar a un proceso policivo donde se busca preservar esa tenencia frente a actos arbitrarios de terceros, sin discutir el dominio.

    Preguntas frecuentes

    No. En los procesos policivos por perturbación a la posesión o por afectación de una servidumbre, no es requisito contar con escrituras o títulos de propiedad. La finalidad de este procedimiento no es definir la titularidad del dominio, sino proteger el hecho de la posesión o del uso legítimo de una servidumbre, incluso si ésta no ha sido inscrita formalmente.

    Lo esencial es demostrar que se tenía el control material del bien o el uso de la servidumbre antes de ser perturbado, lo cual puede acreditarse mediante facturas, fotografías, testigos, declaraciones juradas o documentos similares. En Colombia, la Ley 1801 de 2016 protege tanto la posesión como la mera tenencia frente a actos de perturbación o despojo.

    La diferencia entre posesión, tenencia y servidumbre es fundamental para determinar el tipo de querella policiva que debe interponerse:

    • Posesión: Es el ejercicio material del derecho de propiedad como si se fuera dueño, aunque no se tenga el título inscrito. Puede ser protegida por acción policiva.

    • Mera tenencia: Es cuando se ocupa el inmueble reconociendo que pertenece a otro (por ejemplo, un arrendatario o comodatario). También goza de protección policiva si es perturbado.

    • Servidumbre: Es el derecho de un predio a utilizar parte del predio vecino para una finalidad específica (como tránsito o desagüe). Cuando se impide su uso, se puede iniciar un proceso policivo por perturbación de servidumbre.

    Estos conceptos están contemplados en el Código Civil y se aplican en los trámites policivos ante los inspectores de policía bajo la Ley 1801.

    Sí. Si se ha cerrado arbitrariamente una vía de acceso, sendero, portón o servidumbre que venía utilizando de forma continua y pacífica, usted puede presentar una querella policiva por perturbación a la posesión o al uso de una servidumbre de tránsito.

    Este tipo de hechos son frecuentes en parcelaciones rurales, conjuntos residenciales o entre vecinos colindantes, donde alguno decide impedir el paso sin orden judicial. La ley colombiana protege el uso histórico o reconocido de una servidumbre y la posesión legítima, permitiendo su restablecimiento inmediato mediante audiencia policiva.

    En los procesos policivos es fundamental aportar pruebas que demuestren el uso previo y pacífico de la posesión o de la servidumbre afectada. Entre las pruebas más efectivas se encuentran:

    • Certificados de tradición (cuando aplican).

    • Fotografías georreferenciadas o con fechas.

    • Declaraciones juradas de vecinos o terceros.

    • Recibos de servicios públicos o pago de impuestos.

    • Escrituras, promesas de compraventa, contratos de arrendamiento o documentos que acrediten la tenencia o posesión.

    Un abogado especializado en procesos policivos por servidumbre y posesión puede ayudar a organizar y presentar estas pruebas de manera estratégica ante el inspector de policía.

    El término legal para presentar una querella policiva por perturbación es de 4 meses contados desde el momento en que ocurre el hecho perturbador.

    Este plazo es de caducidad, lo que significa que si se supera, se pierde la posibilidad de acudir a esta vía. Por ello, es importante actuar rápidamente ante cualquier obstrucción, cierre de servidumbre, despojo del inmueble o perturbación en la posesión.

    Un abogado experto en derecho policivo puede asesorarlo desde el primer momento para evitar la caducidad y salvaguardar su derecho a ejercer la acción legal correspondiente.

    Incluso si el perturbador es el titular del dominio, usted puede acudir al proceso policivo por perturbación a la posesión o tenencia.

    La Ley 1801 reconoce que el derecho a poseer o tener un inmueble no depende de ser propietario. Por ello, un dueño no puede despojar por vías de hecho a quien tiene la posesión o la tenencia legítima, como un arrendatario, cuidador, comodatario o poseedor de buena fe.

    La única forma válida de recuperar un bien es por medio de una decisión judicial. Por tanto, cualquier acto violento, arbitrario o sin orden de autoridad puede dar lugar a sanción policiva y restablecimiento de la posesión.


    En un proceso policivo por perturbación a la posesión o servidumbre, el inspector de policía está facultado para adoptar medidas correctivas y preventivas como:

    • Ordenar la restitución del bien a quien tenía la posesión.

    • Restablecer el uso de la servidumbre de paso.

    • Disponer el retiro de cerramientos o construcciones invasivas.

    • Imponer multas y sanciones al perturbador por vías de hecho.

    • Tomar medidas provisionales urgentes mientras se resuelve de fondo.

    Estas decisiones se adoptan en audiencia oral, luego de escuchar a las partes y valorar las pruebas. Un abogado litigante puede representar sus intereses de forma eficaz en cada etapa del proceso.

    Sí. Aunque el proceso policivo tiene naturaleza preventiva y no declara derechos reales, su resultado puede dar paso a un proceso civil si persiste el conflicto.

    Por ejemplo, luego de una decisión policiva sobre una servidumbre de tránsito o perturbación a la posesión, cualquiera de las partes puede iniciar un proceso declarativo civil para solicitar la constitución formal de una servidumbre, una acción de dominio o una acción reivindicatoria.

    El proceso policivo sirve como un mecanismo rápido de protección material, pero no impide que se discuta judicialmente la propiedad o titularidad del derecho posteriormente.

    Sentencias y normativa en temas policivos sobre inmuebles en Colombia

    Escríbenos y nos contactaremos pronto










      Ver Política.


      Cuenta con nuestro apoyo, recibe la asesoría jurídica en derecho inmobiliario y urbanístico de calidad que necesitas en todo Colombia.

      Artículos sobre Procesos Policivos de servidumbres o posesión

      ¿Quieres agendar una consulta?

      Comunícate a nuestro Línea de Whatsapp

      Brindamos atención y representación en Proceso Policivo por Infracciones Urbanísticas en todo el territorio Colombiano

      Bogotá D.C.

      Armenia, Quindío

      Medellín, Antioquia

      Pereira, Risaralda

      Cali, Valle del Cauca

      Barranquilla, Atlantico

      Bucaramanga, Santander

      Ibagué, Tolima

      SIGUENOS EN INSTAGRAM

      Casos en los que brindamos asesoría y representación en procesos civiles de policia

      Casos Reales de Procesos Policivos por Vulneración a la propiedad, posesión, servidumbres y mera tenencia: Implicaciones y Defensa Legal con Abogados Expertos.

      - Ocupación ilegal de predios: Casos donde terceros se han apropiado ilegalmente de un predio, lo que puede generar la necesidad de un proceso policivo para recuperar la propiedad.

      - Invasión de terrenos: Casos donde terceros han invadido terrenos que no les pertenecen, generando conflictos por la posesión de la propiedad.

      ​- Uso indebido de la propiedad: Casos donde terceros utilizan la propiedad de manera indebida o para fines distintos a los establecidos, lo que puede generar conflictos de mera tenencia.

      ​- Desalojo de inquilinos: Casos donde se requiere un proceso policivo para desalojar a inquilinos que se niegan a abandonar la propiedad tras la finalización del contrato de arrendamiento.

      ​- Interferencia con servidumbres: Casos donde terceros impiden o limitan el uso de una servidumbre de paso, afectando la propiedad y generando conflictos de posesión y mera tenencia.

      ​- Destrucción o daño a la propiedad: Casos donde terceros dañan o destruyen la propiedad, lo que puede generar la necesidad de un proceso policivo para proteger el derecho de propiedad y posesión.

      ​- Uso de propiedad ajena sin autorización: Casos donde terceros utilizan la propiedad ajena sin autorización, generando conflictos por la posesión y mera tenencia de la propiedad.

      ​- Negación de acceso a la propiedad: Casos donde terceros niegan el acceso a una propiedad, impidiendo su uso y generando conflictos de mera tenencia.

      ​- Disputas por linderos: Casos donde existe una disputa sobre los límites de la propiedad, lo que puede generar conflictos de posesión y mera tenencia.

      ​- Problemas de colindancia: Casos donde la propiedad se encuentra en situación de colindancia y existe una afectación en la propiedad, generando conflictos de posesión y mera tenencia.

      ​En cualquiera de estos casos, un proceso policivo puede ser necesario para proteger el derecho de propiedad y posesión. Además, los procesos policivos también pueden generar implicaciones económicas y jurídicas en caso de no contar con una defensa legal adecuada. Por lo tanto, contar con abogados expertos en derecho inmobiliario es fundamental para garantizar la protección de los intereses y derechos en estos casos.

      BENEFICIOS

      Protección del derecho de dominio con abogados especializados en procesos policivos en Colombia.

      Defensa legal adecuada en casos de actos contrarios a la propiedad, posesión y servidumbres.

      - Soluciones legales efectivas para minimizar el impacto económico y jurídico en caso de perturbaciones.

      - Asesoría preventiva para evitar conflictos y perturbaciones en su propiedad y posesión.

      - Facilitación de negociaciones y conciliaciones por abogados especializados en procesos policivos.

      - Evite multas y sanciones en casos de perturbaciones y actos contrarios a la propiedad y posesión.

      - Evaluación de pruebas para defensa legal adecuada y efectiva en caso de perturbaciones.

      - Ahorro de tiempo y recursos al delegar trámites y representación legal en expertos.

      - Tranquilidad y respaldo al confiar en profesionales con experiencia.